Uno de los principales conflictos que más se repite en las comunidades de vecinos son las molestias y los ruidos que ocasionan los inquilinos, ya sea el del quinto o el del primero, o la finca entera. Los propietarios se quejan y tratan de comunicar su malestar a los vecinos implicados pero esto no siempre funciona. En otros casos, los habitantes del inmueble llaman a la policia para que esta se haga cargo del asunto, sin embargo, en muchas ocasiones, tampodo da resultado. Pero si, tras probar esta vía diplomática, no consigues llegar a un acuerdo, el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, regula este problema. En nuestro vídeo “Actividades molestas, ¿qué dice la ley?” abordaremos toda la información sobre el contenido del artículo.
Con todo esto, el problema principal de estos conflictos viene cuando se recurre a la vía judicial y hay que demostrar ante un juez que los hechos no se producen de manera aislada. En este sentido, es necesaria una posición firme y extensa, por parte de los integrantes de la comunidad. Porque en estos casos lo más habitual es emplear, como medio de prueba, la declaración testifical de varios vecinos. El objetivo, es que no quepa duda sobre la realidad de la concurrencia de esta actividad molesta que se está denunciando.
También es aconsejable contar con las denuncias presentadas a la policía, en comisaría, que añadan un dato un poco más objetivo y que sirvan para dar una mayor trascendencia a los hechos ocurridos en la finca. Con respecto a los testimonios vecinales, por desgracia, es bastante frecuente el caso en el que los vecinos se manifiestan de una forma contundente en la junta, pero a la hora de declarar en el juzgado son más tibios en su declaración, e incluso se contradicen con lo expuesto en la junta, con lo que se acaba con una sentencia absolutoria, la consiguiente condena en costas de la comunidad y el enquistamiento del problema. Para evitar que esto suceda, es importante el servicio de mediación en el que el administrador de fincas desempeña un papel clave para buscar una solución acorde a las necesidades de la mayoría, sin necesidad de acudir a las autoridades.
En este portal iremos informando sobre los modelos con ejemplos del requerimiento que hay que realizar como, el del acuerdo en Junta que habría que tomar, siguiendo con lo que estipula el articulo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal.